SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL
Bases Animador Deportivo
Primera.- El contrato se celebrará para la prestación
del servicio Animador Deportivo de acuerdo con la SubPágina 102 n Granada, martes, 25 de enero de 2011 n B.O.P. número 16vención concedida por el Area de Deportes de la Diputación Provincial de Granada.
Con los aspirantes admitidos, por el orden de su puntuación, se formará una bolsa de trabajo para las posibles sustituciones y / o nuevas contrataciones Animador
Deportivo que se produzcan durante los siguientes años.
Segunda.- La modalidad contractual será contrato
para obra o servicio. La duración del contrato será el
tiempo exigido para la realización del expresado objeto.
El contrato se celebrará a tiempo parcial, se formalizará por escrito y se registrará en la Oficina de Empleo.
El número de horas ordinarias de trabajo a la semana
contratadas se determinará dependiendo del importe
asignado al programa y de los entrenamientos y competiciones programadas.
Tercera.- El contrato se extinguirá por la realización
del servicio objeto del mismo.
Cuarta.- La retribución del trabajador será: según importe de la subvención y aportación municipal.
Quinta.-La selección se hará mediante concurso y entrevista personal.
Sexta.-Requisitos:
a) Ser español o nacional de otro estado miembro de
la Unión Europea en los términos que establece la Ley
7/2007, de 12 de abril.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de
aquella en que falten al menos 10 años para la jubilación
forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad
señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.
c) Estar en posesión de título de Graduado Escolar,
formación Profesional de 1er. Grado ó equivalente, o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el
plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, a las Comunidades
Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) No estar incurso en causa vigente de incapacidad e
incompatibilidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.
Séptima.- Las solicitudes, conforme al modelo de instancias autobaremada adjunta, se presentarán, cumplimentadas, en el Registro General de la Corporación en
horas de oficina, durante el plazo de 10 días hábiles, a
partir de la publicación de la convocatoria en tablón de
anuncios del Ayuntamiento.
A la solicitud, habrá de adjuntarse:
- Fotocopia compulsada del DNI
- Fotocopia compulsada del título exigido, o del resguardo de haber pagado los derechos para su expedición.
- Fotocopia compulsada de los documentos justificativos de los meritos que los aspirantes alegan para ser valorados.
- Declaración jurada sobre el cumplimiento de los requisitos d), e) y f).
Octava.- La lista de admitidos y excluidos se publicará
en el tablón de edictos de la Corporación el día hábil siguiente al del fin del plazo de presentación de solicitudes.
Novena.- El tribunal calificador estará formado por:
Presidente: un/a técnico deportivo/a.
Vocales titulares: Dos funcionario designado /a por el
Ayuntamiento.
Vocales suplentes: Un/ a Funcionaria designado/ a
por el Ayuntamiento.
Secretario: El de la Corporación o Funcionario en
quien delegue.
El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores
especialistas, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
Décima.- La valoración de los méritos se realizará el
segundo día hábil tras la publicación de la lista definitiva
de admitidos y excluidos.
Decimoprimera.- La calificación de los méritos alegados por los aspirantes se efectuará con arreglo al siguiente baremo:
TITULACION:
Por estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
a) Bachiller, FP II o equivalente: 0,75 puntos.
b) Graduado Escolar: 0,5 puntos.
(La titulación académica se acreditará mediante fotocopia compulsada del título alegado).
FORMACION:
Cursos, seminarios, congresos y jornadas: por la realización de cursos, seminarios, congresos y jornadas,
siempre que se encuentren directamente relacionados
con el puesto de trabajo a que se opta y hayan sido impartidos por instituciones de carácter público:
Hasta 14 horas de duración: 0,10 puntos.
De 15 a 40 horas: 0,25 puntos.
De 41 a 70 horas: 0,40 puntos.
De 71 horas en adelante: 0,50 puntos.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna
serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
Exclusivamente se valorarán los cursos, seminarios,
congresos y jornadas aportados y acreditados documentalmente junto con la solicitud.
En este apartado de formación, la puntuación máxima
a otorgar es de 1,5 puntos.
EXPERIENCIA:
- Por cada mes completo de servicios prestados en
cualquiera de las Administraciones Públicas en puesto
igual al que se opta, acreditado mediante certificación expedida por el Organismo Competente, 0,10 puntos. Dichas
certificaciones deben incluir el periodo de ocupación.
- Por cada mes completo de servicios prestados en
empresa pública o privada en puesto igual al que se
opta, que deberán ser suficientemente acreditados a través de documentación emitida por la entidad competente, 0,05 puntos.
Por tales servicios se entenderán los prestados por
“cuenta ajena” o en régimen de Colaboración Social, reduciéndose proporcionalmente los prestados a tiempo
parcial.
El máximo de puntuación a obtener en el apartado experiencia es de 1,75 puntos.
ENTREVISTA:
El Tribunal realizará una entrevista a los aspirantes
que hayan sido admitidos en las listas definitivas.
B.O.P. número 16 n Granada, martes, 25 de enero de 2011 n Página 103La entrevista versará sobre los temas que corresponden al desempeño del puesto.
La puntuación máxima por entrevista será de 6 puntos. La puntuación obtenida por cada aspirante será el
resultado de la media de los puntos adjudicados por
cada uno de los miembros del Tribunal.
Los aspirantes deberán acudir provistos de DNI, pasaporte o carne de conducir.
CALIFICACIONES:
Una vez finalizada la entrevista, el tribunal procederá a
realizar la calificación final, sumando para ello los puntos
obtenidos en las dos fases.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la entrevista.
Alamedilla a 10 de enero 2011.- La Alcaldesa (firma
ilegible).
NUMER
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